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Contestación del sr. Toribio
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El Peritaje de IDIADA
La MALDAD de IDIADA
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El dominio Super10.net
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La TRAMPA de IDIADA
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La Ignorancia de IDIADA
La falta de Gravosidad
La MALA FE de IDIADA
El despliegue técnico
La Partida de AJEDREZ
El casodiada FISITA
Los inútiles de ATI
El MONTAJE del doc Nº 8
Las Incoherencias de Idiada
Las TONTERÍAS de Idiada
La Caída de Convergencia
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Declaraciones sr. Rasposo
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Interrogatorio sr. Lordán
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Declaraciones sr. Lordán
Declaraciones sr. Mackellar
El Documento Nº 1
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Auto del Juez
Recurso de Reforma
Acuse de Recibo
Recurso de Reforma 2
Acuse de recibo 2
Diligencia al Juzgado
Auto del Juez
Diligencia 2 al Juzgado
Resumen y Conclusiones
Actualización Portal
Sentencia Final
El Proyecto Operación Pista
Informe del sr. Lordán
Retirada del Proyecto
Normativa sobre Propiedad
Tríptico de Idiada
Antecedentes Memorias

Ver Poster ampliadoEJEMPLO Nº 10 de KNOW-HOW (pinchar encima de la foto para ampliar el Poster de la Campaña de la www.DGT.es  del año 1.976 para evitar www.AccidentesdeTrafico.org, tomado de www.dgt.es/educacionvial/HistoricoCarteles__.html#) 

El término inglés know-how se utiliza como sinónimo de "experiencia". Tener 'know how' en algo, quiere decir que la empresa ha acumulado una gran experiencia en cómo realizar cierta tarea, lo que garantiza que ésta se llevará a cabo sin problemas.

La Partida de Ajedrez “La Inmortal” (Cultura) y el polémico Documento nº 7

Mérito 10: La Partida de Ajedrez “La Inmortal” (Cultura) y el polémico Documento nº 7.

1- Tema: Información de dominio público: La querella del sr. Toribio a Idiada en 1.996

2- Acusación de IDIADA:

En la página 4 de la Demanda, la parte actora “DICE” que llega a manos de mi mandante un texto...

A finales del pasado año 2001, es decir, tras haber transcurrido ya más de tres años desde la fecha en que recayó la última resolución desestimatoria (Auto de la AP de Tarragona), llega a manos de mi mandante un texto, extraído de Internet, de cuya autoría responde el demandado Sr. Toribio.

En la página 25 de la Demanda, la parte actora “SOLICITA QUE SE CONDENE” a los demandados al cese inmediato de los contenidos de los Portales...

d.- Se condene a los demandados al cese inmediato en la difusión de los contenidos de las páginas web www.Idiada.net, www.idiada.org, www.idiada.info,    www.barcelona-2001.com, www.intocables.net, www.proyectopista.net y www.Tripartito.com, constitutivos de una intromisión ilegítima en el derecho al honor de D. Carlos Grasas Alsina y D. Ignacio Forés Viñeta y atentatorios contra la imagen y el prestigio comercial de "IDIADA AT, S.A.", así como también la abstención de su reproducción y difusión en adelante por cualquier medio de comunicación.

3- Prueba aportada: La propia demanda.

4- La respuesta del sr. Toribio:

¡Qué afirmación más extraña realiza la parte actora!

Afirma que “llega a manos de mi mandante un texto, extraído de Internet, de cuya autoría responde el demandado Sr. Toribio”

Pero dicho Documento núm. 7 ha sido interesadamente manipulado por la parte actora. Efectivamente lo que se colgó en Internet en sus sitios Web es el Documento núm. 7 además de otros capítulos que curiosa y sospechosamente han sido cercenados y consiguientemente omitidos por la parte actora, evitando así una interpretación global del mensaje transmitido en los sitios Web.

Dicha afirmación queda debidamente acreditada por cuanto el propio Documento núm. 7 es aportado por la parte actora en soporte de CD-Rom en su Documento núm. 9 (informe “pericial”) y allí el Sr. Perito lo aporta en su totalidad. Curiosamente del Documento núm. 7 se han eliminado los siguientes capítulos:

El contenido de estos capítulos omitidos consta en el CD-ROM adjuntado como documento núm. 9 de la demanda y desde luego maquilla el contenido global del documento núm. 7 omitiendo declaraciones, consideraciones y documentos judiciales que no interesan ser aportados entre otras cosas porque mi mandante reconoce y acata la resolución que acuerda el archivo del procedimiento penal, además de otros argumentos molestos para los actores pero nunca vulneradores de derechos.

El contenido del Documento Número 7 es una SELECCIÓN INTERESADA de los 44 Capítulos más los 6 Apéndices que figuran en Internet (y en el CD que acompaña la demanda). Es decir, que la parte actora

  1. ha entrado en esas 50 páginas web y ha observado la información contenida

  2. ha eliminado los capítulos 32, 33, 36, 37, 38, 39, 40 y 41 por “no ser de su interés”

  3. del resto de capítulos ha seleccionado la información de cada página Web

  4. la ha “copiado al Portapapeles de Windows”

  5. y luego la “ha pegado” en un documento de Word... y así hasta (50 – 8) 42 veces... hasta obtener la información interesadamente sesgada.

¿Por qué la actora prefiere “OCULTAR” tales Capítulos?:

El Capítulo 32 es la declaración del sr. Mackellar que confirma que:

  1. Su propuesta de transición de la curva es la de “Euler criterium” (como la del Sr. Toribio)

  2. En su propuesta se incluye la “pista de círculos concéntricos” del Sr. Toribio.

  3. Su propuesta sobre la rampa de pendientes fue de 5%, 10%, 16%, 20%, 25% y 33% (en subrayado las del Sr. Toribio)

  4. Su propuesta de pista de frenado en seco es de 300 metros de largo por 20 de ancho. (con las mismas medidas que la del Sr. Toribio)

Mostrando así contradicciones con las declaraciones vertidas por el Sr. Carlos Grasas.

El Capítulo 33 el Sr. Toribio muestra el correcto enfoque de los contrastes del Proyecto PISTA y el de viabilidad de Idiada presentado a la Generalitat de Catalunya, como así mismo también lo confirma el Sr. Mackellar en su declaración mostrada en el capítulo anterior, el 32 (y curiosamente también censurado) 

Los Capítulos 36, 37, 38, 39 y 40 son Recursos y acuses de recibo que no prosperan y que significan “que se ha perdido la querella”, pero que el Sr. Toribio igualmente expone en un ánimo de mostrar única y exclusivamente lo que aconteció en el procedimiento penal.

El Capítulo 41 es el Auto de fecha 16/5/1.997 que también es acompañado en la demanda como documento nº 5 y que la parte actora en el apartado “e” de su suplico pide que se nos condene a publicar. O sea; por una parte la actora suprime expresamente el contenido de dicho Auto del Documento núm. 7 de la demanda (pero lo aporta en el CD-ROM de Doc. Núm. 9, lo que demuestra que ya estaba colgado en la Red) y por otra solicita como parte de sus pretensiones que se nos condene a publicarlo. Solo por este motivo modestamente entendemos que su demanda debe ser desestimada.

Igual suerte debe correr la pretensión de publicación del Auto de 14 de febrero de 1997 (que acuerda archivar la querella) porque también estaba ya colgado de la Red y consta como parte del Documento núm. 7 de la demanda.

Si analizamos en su conjunto los documentos núms. 7 y 9 (CD-ROM) podremos ver como la intención de la parte actora es, al igual que ha hecho eliminando determinados capítulos de su documento núm. 7, extraer palabras de tal documento y darles una interpretación diferente a la pretendida por el Sr. Toribio.

Por supuesto que, si se procede así, se pierde totalmente el sentido de lo expresado, ya que sacadas las palabras de un contexto pierden su significado y son interpretadas de forma errónea y subjetiva por parte de la actora.

Me está queriendo decir la parte actora que a finales del año 2.001 (los dominios www.idiada.net y www.idiada.org datan de enero de 2.001) tuvo la información completa, que le llego “como por arte de magia” y que “sólo se aperciben de ello” 10 meses mas tarde... Tal afirmación no tiene verosimilitud o credibilidad, porque:

Es evidente que el “propietario” de un dominio de Internet:

  1. Querrá saber CUANTO ANTES sus vecinos de dominio (por ejemplo, si es .com quién hay en .net, .org,...) Esto se hace mirando en el whois, por ejemplo, de www.NetworkSolutions.com

  2. Querrá saber SI APARECE su dominio en una Búsqueda a través de un Buscador de Internet (Google, Yahoo, Terra,...) Y en un listado de resultados SIEMPRE aparece, y desde el principio (a principios del 2.001) los lesivos Portales del sedicente sr. Toribio...

  3. Querrá BUSCAR otras páginas web que hablen sobre temas relacionados sobre su negocio. En el presente caso: “idiada”

Son acciones “tan evidentes” (de “perogrullo”) que el no reconocerlas significa EMBUSTE, y el no realizarlas: IGNORANCIA. Como siempre, le damos la opción de elegir a la parte actora a como quiere ser tratada en el futuro.

Aparte de perder CREDIBILIDAD por el “montaje que han hecho”, tan sólo para RECONOCER que son CONSCIENTES de la información de los Portales www.idiada.net A PARTIR DE FINALES DEL 2.001 y no desde enero de 2.001. Quieren RETRASAR su CONOCIMIENTO.

Y ADEMÁS:

Me está “diciendo” la parte actora que los “calificativos”  del Sr. Toribio no le “importaron” a finales del 2.001... pero sí ahora... casi 2 años después???

El documento nº 7 que presenta la parte actora con la demanda es INFORMACIÓN de las Actas del Juicio de la QUERELLA de Luis Toribio Troyano sobre Idiada Pública en el año 1.996

La clara y maliciosa intención de la parte actora es EXTRAER PALABRAS de tal documento y darles una INTERPRETACIÓN diferente a la pretendida por el Sr. Toribio.

Por supuesto que, si se procede así, se pierde totalmente el sentido de lo dicho, ya que sacadas las palabras de un contexto pierden totalmente su significado y son interpretadas de una manera errónea y totalmente subjetiva por parte de la actora.

Como un caso similar sobre “palabras extraídas de su contexto” presentamos un recorte de prensa del periódico La Vanguardia de Barcelona en la que el president en cap de la Generalitat de Catalunya explica exactamente lo mismo que Luis Toribio: el error que se produce al extraer (maliciosamente) ciertas palabras de un contexto dado. Ver Apéndice 8: Mas escribe a los intelectuales que le censuraron un ataque a Maragall

Con el permiso de la parte actora, añadir que no cabe duda sobre la honorabilidad del President en cap de la Generalitat de Catalunya.

A continuación vamos ha demostrar cuán equivocada está la parte actora sobre el correcto significado e interpretación de lo dicho por el Sr. Toribio.

En primer lugar señalar a su SSª que:

El estilo literario del sr. Toribio es claramente irónico y constructivo, y que, como siente gran admiración por los escritores Camilo José Cela, Eduardo Mendoza (www.EduardoMendoza.org)  y Franz Kafka  (www.franzkafka.net) se ha contagiado de un lenguaje atrevido, mordaz y dirigido PARA PERSONAS INTELIGENTES (como la otrora revista “La Codorniz”) y que saben leer entre líneas y no solo leer e interpretar “al pie de la letra” y con el primer significado que da el diccionario de la Real Academia de La Lengua Española sobre una palabra dada.

Que las semejanzas con las películas de cine son eso: SEMEJANZAS y NO HECHOS EXACTAMENTE IGUALES.

Que el Sr. Toribio es un excelente jugador de ajedrez y tiene mucha imaginación en la descripción de las piezas del tablero, pero ello debe de ser interpretado dentro de un contexto literario irónico y con raíces de los escritores más arriba mencionados.

Que a la parte actora TODO LE MOLESTA, incluso una cosa tan banal como su queja por LLEVAR LAS PIEZAS NEGRAS. Recordemos que en ajedrez las piezas son blancas y negras. Si no está conforme con el sorteo hubiese podido mandar un e-mail a info@idiada.net (RÉPLICA) y mostrar su disconformidad y réplica para efectuar un nuevo sorteo sobre el color de las piezas.

Referente a la transpiración del sr. Forés añadir que, queda suficientemente claro en el documento nº 7, que es el abogado del sr. Toribio, el sr. Manuel Troyano, el que comenta el gran calor reinante en la sala de autos con una “frase hecha” que significa simplemente “sudar copiosamente”. Una vez más, la parte actora extrae palabras de un contexto otorgándoles “su significado”.

Referente a la “falta de amistades” que reprocha la parte actora al sr. Toribio con el único fin de desacreditarle constituye un argumento más de la persecución del sr. Toribio, por parte de la parte actora, con afirmaciones infundadas y muy poco elaboradas y dichas únicamente con el objetivo de “llenar la demanda”.

Resulta evidente que la adjetivación de “amistad” es muy subjetiva. Si uno se pregunta sinceramente el número de AMIGOS que tiene realmente... y se contesta que 3 o 4... pues ya se puede considerar muy afortunado... así que el comentario del sr. Toribio refiriéndose a unos chicos que hacían fotocopias en la universidad y no los veía desde hace 10 años y... ahora los cataloga de conocidos más que de amigos “no es muy extraña” y que no debe crear ALARMA SOCIAL la falta de AMIGOS VERDADEROS del sr. Toribio. Esperemos de su SSª que este comentario lo entienda en el sentido de clara “persecución” de la parte actora al sr. Toribio “A CUALQUIER PRECIO”.

Por otra parte, el sr. Toribio HA ACATADO Y DEFENDIDO SIEMPRE LA LEY. Y como prueba de ello lucha a favor del respeto de la Constitución en los Portales www.Constitucional.net y www.Igualdad.net.

La parte actora IGNORA LA LEGALIDAD VIGENTE en cuanto dice que el sr. Toribio “cuelga” en Internet los documentos judiciales sujetos al deber de confidencialidad y secreto, lo que demuestra su TOTAL IGNORANCIA, no ya en Temas sobre las Nuevas Tecnologías e Internet sino también en el conocimiento de las Leyes y aplicación de la Justicia.

La parte actora, en un MANIFIESTO ACTO DE MALA FE, intenta (en vano) desacreditar al Sr. Toribio afirmando que el sr. Toribio: (dice literalmente la parte actora)

“procedió a fotocopiar y extraer documentación de dichas diligencias de los archivos del Juzgado de Instrucción nº 2 de El Vendrell, sin necesidad de identificación alguna”.

En el documento nº 7 y en el Capítulo “Recogida de información en el Juzgado Nº 2 de El Vendrell. 21/9/96” figura el párrafo al que se refiere la parte actora, dice, literalmente:

“Ya me había informado Manolo que IDIADA había traído montones de cajas con información... Subí al primer piso, donde se encuentra el Juzgado número 2 del Penal, me presenté a la Srta. Secretaria, que dijo llamarse Pepi, como la persona que iba a examinar la información traída por IDIADA... no dije nada de que yo fuera también el querellante... no había necesidad... así que Pepi me señaló unas cajas... y una mesa.... para que, desde allí, pudiera trabajar a gusto.... ¡qué panorama! Divisé mi Proyecto, que ocupaba tres carpetas.... debajo, estaban tres cajas voluminosas más una carpeta negra que había traído IDIADA. Por peso.... parece un enfrentamiento entre David y Goliat...”

¡Qué imaginación tiene la parte actora para deducir que las fotocopias las hice sin identificación alguna!

Pues claro que me identifiqué con mi DNI, al que le presenté para su verificación y anotación y dije que era el perito encargado de recogida de información. (“que yo fuera también el querellante”)

Mi pregunta a la parte actora es si su queja es porque a la srta. Pepi (una administrativa que llevaba decenas de casos) tenía que contarle mi vida y milagros y cuáles eran mis hobbies favoritos... Pues hice lo correcto y suficiente:

Me presento como perito, me identifico con mi DNI y ya está. ¿Tan raro le parece mi comportamiento? Lo que está claro otra vez es la MANIFIESTA MALA FE de la parte actora en desacreditar al sr. Toribio con conjeturas absurdas, ridículas y que, en abundamiento, dan vida A UN ALEVOSO Y NEGATIVO comportamiento de la parte actora que debería ser REPROCHADO, por continua falsedad, por SSª.

Lo que faltaba: La parte actora afirma ahora que lo que está llevando a cabo el demandado en Internet es un juicio paralelo. (y lo subraya)

Esta afirmación TOTALMENTE SUBJETIVA no se sostiene. La intención del sr. Toribio es INFORMAR sobre la querella del año 1.996.

Y siguiendo su línea habitual la parte actora de desacreditar al Sr. Toribio con “pruebas” que más bien demuestran la incapacidad total de deducción de la parte actora, también nos dice, literalmente:

“Como climax de estas suposiciones el demandado, una vez adentrado el texto, pasa a ejercer ya dotes precognoscítivas que demuestran su absoluta pérdida de papeles y desorientación,  al hablar de  "Explicaciones Más Probables'*, "Respuestas Más Probables" o, incluso, "Única Respuesta posible", en relación con los hechos objeto de enjuiciamiento, y seguidamente pasa a desarrollar tales "explicaciones y respuestas " según su libre criterio.”

Pues agradecería que leyeran el capítulo “Plan propuesto para el interrogatorio del Sr. Lordán Villanueva, profesor que dirigió el Proyecto “OPERACIÓN PISTA” y tras leerlo y teniendo en cuenta que se trata, de un mensaje del sr. Toribio a su abogado, el sr. Manuel Troyano, sobre una conversación telefónica del sr. Toribio al sr. Lordán, le ponga “al corriente” y le explique como “ingeniero”, a un “abogado” lo dicho por el sr. Lordán. Yo lo encuentro muy “cuerdo”, mientras la parte actora me acusa de perder los papeles y desorientación total.

¿Qué puede hacer MÁS un particular, con muy limitados medios económicos que SEA DAR EN BANDEJA TODO A SU ABOGADO y teniendo en cuenta de que se trata de asuntos muy técnicos y difíciles de digerir por un abogado?

Una vez más, la parte actora HUMILLA al demandado con afirmaciones infundadas y maliciosas que demuestran una estrategia continua y alevosa DE MALA FE.

Y como colmo de desfachatez de la parte actora, dice QUE TODO LO HAGO POR DINERO:  

Literalmente afirma:

“...intentar obtener un lucro económico al plagio que continua imputando a mis mandantes, tal y como desde el principio reconoce el propio demandado Sr. Toribio:

"Puede que antes, de saber tantas cosas, me hubiera contentado con un recorte de prensa y unas cuantas opiniones favorables hacia mi persona y mis compañeros y censurables hacia IDIADA. Ahora ya no me contento con eso. Ahora quiero una compensación económica, así de claro... por eso lucho por ello, no por dinero, aunque eso parezca, sino porque el daño que se me ha hecho, irreparable, sólo se puede compensar con dinero. Y eso no es discutible".

¿Pedí DINERO en mi querella? Solicité un RECONOCIMIENTO de mis derechos de autor.

  ¿Qué no sabe leer? No lucho por dinero, sino que quiero una compensación económica para la Asociación Víctimas del Terrorismo como afirmo en casi TODOS MIS PORTALES:

¿Porqué nuestra presencia en Internet?

Los beneficiarios de todos nuestros trabajos en Internet, como el del reconocimiento del Proyecto PISTA, van a ser las familias de las víctimas del terrorismo etarra, y os explico por qué:

Llevamos más de 2 años en Internet reclamando JUSTICIA. La victoria está cada vez más cerca... En nuestro camino por Internet nos hemos encontrado con unos adversarios muy poderosos, nos hemos enfrentado y los hemos derrotado... conviertiéndolos, ya no en simples derrotados, sino en peligrosos enemigos (e irrenconciliables).

Hemos visto mucha "mierda" en personas que ocupan puestos de mucha responsabilidad y que utilizan su cargo para beneficio propio... y no nos ha gustado.

Pienso que, personas que luchan en temas de Justicia se interesan también (tal vez por contrastar quien ha sufrido mayor injusticia...) por otras injusticias que sufren otras personas siendo, para mí, la injusticia de mayor índole la de la muerte de una persona de una manera no deseada (=asesinato) y entonces aparece eta (o batasuna, que es lo mismo).

Las injusticias que están sufriendo los ciudadanos amantes de la paz, el respeto y la libertad en el País Vasco es de un orden muy superior al nuestro. Ellos están muriendo por defender la libertad (concejales del PP y del PSOE) o por pasar por una calle en un "mal momento" (el resto de los ciudadanos)... mientras a nosotros sólo nos han robado...

Desde hace más de un año todos los beneficiarios de nuestras reinvindicaciones son los colectivos que forman las familias de las víctimas de los terroristas (Ver www.AcuerdoAmistoso.com). Por supuesto que dichas familias no necesitan dinero, sino que lo que necesitan es JUSTICIA, es decir, un reconocimiento de "todo el mundo" de las injusticias a ellos cometidas, sentir el "calor humano" de los ciudadanos más intenso y un IMPLACABLE HOSTIGAMIENTO sobre los terroristas y sobre los líderes políticos, como Arzalluz, que "aplaude" (lo que hace para la galería no nos lo creemos...) los atentados etarras. La "presión" a la que es sometida la banda batasunera (=etarra) no nos parece suficiente... y hechos como el del argumento dado por el excelentísimo? ayuntamiento de Barcelona de que nuestra defensa a la plataforma BASTA YA y a las víctimas del terrorismo es contraria al pensamiento del Consistorio (?) nos ha confirmado totalmente la desidia, abandono y desamparo que se hace desde los centros de Poder nacionalistas a los que los atentados etarras les pueden "favorecer" para sus ideas sobre soberanía e independencia, que por supuesto son muy respetables, siempre y cuando no se abran camino gracias al terrorismo etarra... como así ocurre hoy día...

Si han visto más de un Portal mío sabrán que soy una persona un poco (o mucho) rencorosa... pero también es verdad (quien me conoce lo sabe) que sé perdonar y sé perfectamente quién me fastidia y quien no... y sé lo que hago y lo que quiero.

TODO TIENE ARREGLO... menos la www.CaixadeCatalunya.net ESO SI QUE NO.

Pongo a Dios por testigo, que hasta que me reúna con él, o con el otro (allí donde hace mucho calor...= el amigo de Arzalluz), no me olvidaré NUNCA JAMÁS de lo que ha hecho la www.CaixadeCatalunya.net con mi madre).

Corolario: Si alguien desea compartir mi porcentaje de amistad con la www.CaixadeCatalunya.net puede hacerlo... pero yo no se lo recomiendo...

¡Mucha suerte y qué la fuerza te acompañe siempre!

Por similitud al Portal www.idiada.net, queremos explicar el significado y contenido de 2 Portales que tiene Luis Toribio Troyano: www.hipercor.net y www.Super10.net.

Son 2 dominios del mismo tipo (.net) que el del demandado y, como no son ni del tipo territorial .es ni comercial .com, nos dice, ya de entrada, que dichos Portales no van a hacer referencia a ninguna empresa comercial sino que van a hacer referencia a la palabra “idiada” que, en el caso de Luis Toribio Troyano, tiene el significado dicho líneas más arriba.

El Portal www.hipercor.net es un Homenaje a las víctimas del atentado de eta en el hipercor de Barcelona, en 1.987.

Se ha elegido, como nombre de dominio la palabra “hipercor” para que pueda ser fácilmente encontrado en un Buscador de Internet como Google. Yahoo, Terra, Alltheweb...

Recordemos que si alguien quiere hallar información sobre una empresa española que se llama hipercor, entonces, DESDE CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO (al igual que dice la parte actora en su demanda), se introducirá www.hipercor.es y si la anterior dirección web da resultado erróneo se pondrá entonces www.hipercor.com Y YA ESTÁ. Si no hay nada en los anteriores dominios NO SE BUSCARÁ MÁS: ya que no tendría significado. Y si se encuentra la empresa buscada (www.idiada.es o www.idiada.com) ¿Para qué buscar más sobre otros sufijos como .net, .org, .info ... si ya se ha encontrado lo que se buscaba?

La pregunta aclaratoria para el presente proceso, ahora es: ¿Para qué se utilizan los buscadores?

Como ya se ha dicho, no se utilizan para buscar empresas sino para buscar PÁGINAS WEB que mencionen la “palabra” que se busca.

Si queremos buscar información sobre el atentado del hipercor introduciremos en el buscador “atentado hipercor” y nos aparecerán una serie de páginas. Si introducimos “ataque hipercor” pues otras distintas, con “víctimas hipercor” otras y así...

¿Cuál sería la palabra que englobaría el mayor número de entradas? Pues simplemente “hipercor”.

Como no queremos que nos tomen por El Corte Inglés no eligiremos ni el tipo .es ni el .com

El sufijo .net significa temas relacionados con Internet

¿Está libre hipercor.net? (que quiere decir QUE NADIE LO QUIERE) Sí. Pues lo registramos.

Al registrar el dominio www.hipercor.net y poner información sobre el atentado del hipercor y hacer un homenaje a las víctimas del terrorismo, somos plenamente conscientes de que “no le hará ninguna gracia” a El Corte Inglés que exista dicho dominio... pero mi pregunta es: ¿Acaso no existió el atentado del hipercor? ¿Hay que negar su existencia? ¿Hay que censurar la información sobre dicho atentado? Pues Internet es un Canal de Comunicación donde los ciudadanos PONEN INFORMACIÓN SOBRE DIFERENTES TEMAS. Para eso existe una Libertad de Expresión y unos Tribunales que deciden si esa libertad de expresión es lícita o, por ejemplo, es apología del terrorismo y, por lo tanto, censurable.

El Portal www.Super10.net es un Portal denuncia sobre un Juego oficial (como la Lotería Primitiva) de la Generalitat de Catalunya que ofrece unos premios que sólo representan el 33% de lo recaudado, cuando lo “normal” es el 55%.

Pues bien, el estudio de dicho Juego lo realicé en Diciembre de 1.990 y lo publiqué en las cartas al Director de los Periódicos La Vanguardia de Barcelona y ABC de Madrid. Posteriormente también en el dominio www.Super10.net

Actualmente la Generalitat de Catalunya “ha cambiado” el porcentaje de reparto y lo ha subido “OBLIGADA” (por miedo de que “sus ciudadanos” conozcan su “cara dura”) del 33% al 55%.

Soy plenamente consciente que he hecho perder (=dejar de recaudar) MUCHO DINERO a la Generalitat de Catalunya (Miles de millones de pesetas)

Una persona que "no quiere complicarse" la vida (o sólo mirar egoístamente en sólo él), pues no juega  a este “TIMO” de Super10 y ya está... ¿ya está?

¿Y el pobre padre de familia que con 100.000 ptas (600 €) al mes y con 4 hijos a su cargo llega justo al final de mes y sueña en cambiar su suerte y SE CREE lo que le dice la Generalitat de Catalunya... y lo que hace ES PERDER, CON TODA SEGURIDAD, ese dinero que destina, confiado, en la facilidad de convertirse en millonario, TAL COMO SE LO CUENTAN, incluso en (su) Televisión (en la TV3, claro)?

Pues me niego a QUEDARME CALLADO, aunque eso me represente “serias amenazas” (hacer perder dinero a la Generalitat de Catalunya...)

Ahora se trata de unir las piezas y ver las similitudes de los Portales www.Idiada.net, www.Hipercor.net y www.Super10.net

Los tres son Portales .net y quieren tratar “asuntos” relacionados con las palabras “Idiada”, “Hipercor” y “Super10”

  1. El primero es información sobre una querella que se produjo en 1.996

  2. El segundo es información sobre el atentado del hipercor en el año 1.987

  3. El tercero es información sobre un estudio hecho a la Super10 de la Generalitat.

Los 3 Portales pudieran ponen “en apuros a”

  1. El Grupo AGBAR

  2. El Corte Inglés

  3. La Generalitat de Catalunya

La PROPUESTA del Grupo AGBAR de QUITAR EL CONTENIDO del Portal www.Idiada.net es “parecido” a la “quema de libros” de Hitler en la Alemania Nazi (hacer desaparecer la historia)

 Mi pregunta es:

  1. ¿Acaso no existió la querella de Luis Toribio Troyano a Idiada en 1.996?

  2. ¿Acaso no existió el atentado del hipercor en 1.987?

  3. ¿Acaso no existió la Super10 de la Generalitat de Catalunya con un reparto del 33%?

Está claro que la Generalitat de Catalunya HA PERDIDO DINERO porque HA TENIDO que subir el porcentaje de reparto del 33% al 55% por culpa de Luis Toribio Troyano.

El Corte Inglés ha perdido dinero (clientes) por culpa de eta. Y en el futuro NO PODRÁ NEGAR EL ATENTADO QUE SUFRIÓ ni negar información sobre él.

Referente a Idiada, la parte actora RECONOCE que la información puesta por Luis Toribio Troyano PUEDE PERJUDICARLES por al ponerse en duda la originalidad de las instalaciones.

 Fantástico. Eso es lo que queríamos oír. Me explico:

 Los clientes de Idiada son los fabricantes de automóviles: SEAT, Renault, Nissan, Volkswagen...

Sus proveedores supongo que serán también empresas importantes.

Tanto unos (clientes) como otros (proveedores) seguramente tendrán departamentos de Ingeniería formados por decenas y hasta centenares de ingenieros altamente cualificados.

Si tras la VISITA del Portal www.idiada.net las anteriores empresas, COMO RECONOCE LA ACTORA, pusieran en duda la “originalidad de las instalaciones” sólo tiene una única explicación posible: “Que la originalidad de las instalaciones de Idiada es más bien la del Proyecto Pista del demandado”.

Recordemos que los ingenieros de las anteriores empresas tienen la cualificación adecuada para discernir sobre si lo dicho en el Portal es correcto o no. Eso lo sabe IDIADA y lo que no quiere, bajo ningún concepto, es que esta información circule por Internet.

Idiada “tiene miedo” porque sabe que cualquier ingeniero que lea las Actas del Juicio DEDUCE INEQUÍVOCAMENTE que el Anteproyecto presentado por Idiada era, en realidad, el Proyecto Pista.

Por supuesto que lo que quiere hacer Idiada es lo mismo que Hitler con los libros: “No dejar ningún vestigio de la historia”.

RESUMIENDO:

La parte actora se queja de unos comentarios irónicos (que declara conocerlos) desde finales del 2.001.

Demanda a Luis Toribio y a Francisca Troyano casi 2 AÑOS MÁS TARDE. (en el 2.003)

A la vez, la parte actora, DEMANDA A SABIENDAS DE SU INOCENCIA (ella misma lo demuestra en su demanda) a Francisca Troyano.

La pregunta que RESUELVE este caso es:

¿Qué legitimidad tienen Idiada Technology, S.A., y los Sres. Carlos Grasas e Ignacio Forés a exigir una indemnización por unos comentarios irónicos que reconocen como dichos hace ya 2 años cuando, a la vez, son capaces de demandar a Francisca Troyano, a sabiendas (con certeza 100%) de su inocencia?

Pues NINGUNA.

“El Ajedrez, que reúne orgánicamente elementos del Arte, la Ciencia y el Deporte, a lo largo de los siglos ha constituido parte inalienable de la Cultura y la Civilización Mundial”.

Consideramos el Ajedrez como una Cultura que ha evolucionado paralelamente con el desarrollo de la humanidad; enjuiciarlo simplemente como una diversión intelectual sería minimizar las verdaderas cualidades deportivas, artísticas y científicas del milenario juego. Es por ello, que para formarse integralmente como un verdadero Maestro de Ajedrez se debe dominar no sólo la técnica más compleja, sino también los diferentes aspectos culturales que han contribuido a que este juego haya perdurado en la mente humana a través de los siglos.

Para los ajedrecistas es importante llegar a ser un jugador capaz de conocer la teoría de las Aperturas y la técnica del Medio Juego y del Final; convertirse en un Maestro con amplios conocimientos técnicos es una meta de los jóvenes aficionados al Juego Ciencia y de todos los que deseen avanzar en el difícil mundo de las 64 casillas.

Estudiar a los Clásicos del Ajedrez desde Philidor a Botvinnik y analizar las partidas de Fischer, Karpov, Anand y Kasparov, se convierte en una “ley metodológica” para cumplir con las aspiraciones de conquistar éxitos deportivos cada vez superiores.

Llega el momento en que el estudiante se convierte en un reconocido jugador, alcanza la Maestría, sin embargo, le falta algo para ser un Maestro en toda la extensión de la palabra; carece de algo que lo haría un extraordinario abanderado del Ajedrez: le falta Cultura Ajedrecística. Personalmente me he encontrado con estos ajedrecistas, fuertes jugadores de Ajedrez hay que reconocer, pero desposeídos de una Cultura Ajedrecística que complemente su buen nivel de juego; éstos apenas pueden conversar de temas ajedrecísticos ya que están muy limitados en sus conocimientos.

¿Qué aspectos son los más significativos de conocer para poseer una integral Cultura Ajedrecística? Son innumerables, pero fundamentalmente se pueden enmarcar los siguientes:

  • La Historia del Ajedrez.

  • La Evolución de las Corrientes ajedrecísticas desde Philidor hasta la Escuela Soviética y nuestros días.

  • Los Clásicos del Ajedrez, incluyendo a todos los Campeones Mundiales y el aporte de sus ideas al desarrollo ajedrecístico universal.

  • Los Torneos que hicieron y hacen época dentro del Ajedrez mundial.

  • Las Partidas famosas de todos los tiempos.

  • Las Frases Célebres que enaltecen los valores y las virtudes del Ajedrez.

  • La relación del Ajedrez con otras Ciencias: las Matemáticas, la Psicología, etc.

  • La vinculación del Ajedrez con la Literatura, el Cine, la Filatelia, etc.

  • La interrelación entre el Ajedrez y la Cibernética.

  • Biografías de los jugadores representativos de diferentes Escuelas y épocas.

  • Curiosidades y Anécdotas. Finales y Problemas artísticos que embellecen el Ajedrez.

Los libros imprescindibles para lograr una base ajedrecística adecuada que permita llegar a la Maestría.

Sin duda se pueden mencionar muchos más, ya que el mundo del Ajedrez tiende al infinito y por lo tanto son muchos los factores prácticos e intelectuales que lo convierten en una Cultura universal integrada por una extraordinaria aureola de temas.

Enmarcarse en el tiempo del desarrollo de una determinada variante, ayudaría al jugador a asimilar mejor su estudio. Por ejemplo, al estudiar la variante Najdorf en la Defensa Siciliana, es imposible no remontarse al Torneo internacional de Gotemburgo de 1955 donde sucedió la famosa Tragedia Argentina. Al situarse en el tiempo y en los pormenores de la misma, pues tenemos mejor formación intelectual para comprender mejor ajedrecísticamente dicha variante.

Asimismo, si conocemos de antemano detalles del match por el Campeonato del Mundo de 1972, sin duda estaremos en mejores condiciones para comprender la importante jugada 14.-Cb1!? realizada por Boris Spasski en la Siciliana del Peón envenenado planteada por Robert Fischer en la partida número 11 del match.

También es evidente que si conocemos parte de la vida de un determinado autor, pues comprendemos mejor sus libros, sus ideas y sus objetivos.

De esta forma ocurre con disímiles situaciones al estudiar Ajedrez. Si tenemos una formación cultural ajedrecística amplia, pues estaremos en condiciones de asimilar mejor el estudio del Ajedrez y poder progresar con mayor facilidad.

La Cultura Ajedrecística se adquiere leyendo, estudiando y conversando sobre diferentes tópicos del Ajedrez. Conversar con un Maestro que posea elevados conocimientos técnicos y amplia Cultura Ajedrecística, constituye una privilegiada cátedra de Ajedrez de la cual no todos podemos disfrutar periódicamente.

Es por ello el importante papel que desempeñan en la actualidad las páginas de Ajedrez del INTERNET, las que cumplen con un excelente papel de divulgación, no sólo de noticias de la actualidad internacional, sino también de una extensa gama de aspectos culturales relacionados con el Juego Ciencia.