Para un INGENIERO la Tercera Ley de Newton o Ley de acción y reacción es INDISCUTIBLE:

"Con toda acción ocurre siempre una reacción igual y contraria: o sea, las acciones mutuas de dos cuerpos siempre son iguales y dirigidas en direcciones opuestas."

Ver más en http://es.wikipedia.org/wiki/Leyes_de_Newton

El oro de Moscú, el de México y el que vendió Zapatero

Muchos franquistas han podido mandar hoy sin que se les pueda reprochar nada. Ver más

26 de Marzo de 2.010: NUEVA DENUNCIA A LOS MOSSOS Ver denuncia

DENUNCIA de www.Injurias.net y www.Calumnias.net de Luz Herrero Monclús. Ver denuncia

El FONDO del ASUNTO en elcasoidiada6.doc

Bajarse el RECURSO al Juzgado: recursotoribio.doc

TOCABLE... Sra Troyano... ¡Vamos por Vd!

“Creo que contra las injusticias deberíamos levantarnos todos de forma contundente y tenaz. Es la única forma lícita y humana de luchar contra las injusticias. Denunciándolas. Porque si nos callamos, sólo contribuiremos a que existan más inmoralidades. El silencio lo propician quienes se ven incapaces de pronunciarse en lo que creen por miedo. Por eso hay que actuar. Por ellos.”  SABER QUE SE PUEDE

El Incendio de Horta versus el incendio de Guadalajara del 2.005. El Problema de las Transferencias de las Competencias del Estado a los VIRREINATOS y que han convertido a España en una Torre de Babel. Ver más Cae el jefe de eta Ver más

Bajarse el Burofax al Sindic: burofaxsindicdegreuges.doc

Tomás Garicano Goñi, el natural antecesor de Arias Navarro, fue nombrado ministro de la Gobernación de Franco (1969-1973) debido al exquisito cumplimiento del Estado de Excepción como Gobernador Civil de Barcelona (1966-1969), y su camaradería, fue el GRAN REPRESOR de la CULTURA CATALANA Ver más

Ver Manifiesto

¿Vendrá o no vendrá al Juicio Manuel de la Fuente Bielsa?

 apenas 3 días después... ocurre lo evidente...

26 de Marzo de 2.010: NUEVA DENUNCIA A LOS MOSSOS

NUEVOS ataques a los Portales www.JesusNeira.com y www.EnaitzIriondo.com

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Juzgado de instrucción nº 4. vilanova i la geltru

diligencias previas nº 2047/2009. Ver Documento WORD en recursotoribio.doc

al juzgado para la sala

Procuradora de los Tribunales, actuando en nombre y representación de LUIS TORIBIO TROYANO, según designa de oficio que consta en las actuaciones, ante el Juzgado comparece y como mejor proceda en Derecho, DICE:

Que mediante el presente escrito vengo a manifestar que, habiéndose tenido conocimiento del Auto de apertura y sobreseimiento provisional de diligencias previas el pasado 15 de diciembre de 2009, habiendo sido notificado a la representación procesal que suscribe en fecha 1 de febrero de 2010; en uso del derecho que la Ley otorga de conformidad con lo establecido en los artículos 766 y ss. de la LECrim., vengo a interponer Recurso de Reforma subsidiario de Apelación contra dicho Auto en base a los siguientes:

MOTIVOS

PRIMERO.-   Vulneración de los artículos 24 CE, 776.2, 109 y 110 de la LECrim.

Esta parte interpuso denuncia por la existencia de unos hechos presuntamente constitutivos de un ilícito penal, solicitando en el mismo escrito de denuncia habiendo sido abiertas diligencias y archivadas, archivando el instructor sin practicar diligencia alguna tras de incoar apertura de diligencias previas en la misma fecha.

Llama la atención al recurrente que si se considera aplicable el artículo 757 de la LECrim., tras leer la denuncia interpuesta, por entender que hay indicios de delito, sin haber practicado diligencia alguna, sea aplicable el artículo 641.2 de la LECrim., por no existir autor conocido de los mismos. Si el juez, en conformidad con el artículo 779.1 de la LECrim., debería tomar las diligencias previas pertinentes acordando lo que proceda, llama la atención a esta parte que las diligencias “oportunas” sean ningunas, preguntándose el recurrente cómo se puede llegar a dos conclusiones distintas como son la apertura de diligencias, por considerar que hay indicios y el cierre de la misma por considerar que no los hay, sin más información que la misma denuncia que el mismo día dio origen a la apertura de esas diligencias previas.

El archivo de las actuaciones, sin haberse practicado las pruebas mínimas, en este caso diligencia alguna, crea tal situación de indefensión que con ello se vulnera un derecho constitucional cual es el derecho a la tutela judicial efectiva.

En el sentido expuesto, la STC 0001 de 9 de Enero de 1.985, entre otras, y con respecto a las diligencias previas practicadas establece que:

Lo que se reprocha es que el juez de instrucción no haya practicado las diligencias esenciales encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho y las personas que en él hayan participado y que haya decidido el archivo, sólo procedente cuando practicadas las indicadas diligencias, se diera el primero de los supuestos de la regla primera del art. 789 L.E. Crim. En la instrucción sumarial y desde luego en las diligencias previas, el juez tiene unas facultades que no puede dejar de ejercer. La falta de toda instrucción priva a la perjudicada de una garantía procesal constitucionalizada en el art,. 24.1 de la C.E pues su derecho no ha obtenido la tutela jurisdiccional, ya que ninguna instrucción se ha practicado para depurar la verdad, quebrantando la que previene los preceptos citados de la L.E.Crim.”

En el presente caso, no se han practicado, diligencia alguna y, por lo tanto, las diligencias esenciales encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancia del hecho así como la persona o personas que en él hayan participado privando al recurrente con ello del derecho a la tutela judicial efectiva y creando una situación de indefensión con el que igualmente se vulnera el principio acusatorio que rige en nuestro Derecho Penal.

Se vulnera igualmente lo establecido en el art.776.2 de la LECrim., que establece que:

“Los que se personaren podrán desde entonces tomar conocimiento de lo actuado e instar lo que a su derecho convenga”

Se vulneran los referidos preceptos en tanto no se otorga la posibilidad de ejercitar la acción penal plenamente, desde el momento en que se dicta un Auto de archivo.

Es igualmente una incongruencia y resulta contradictorio que el instructor, tras la apertura de diligencias y sin más, en el mismo auto proceda al archivo.

En ningún momento se ha ofrecido la posibilidad de ejercer los derechos contemplados en los artículos 109 y 110 de la LECrim.  

SEGUNDO.- Vulneración de los artículos 248.2 de la LOPJ y 24.1 de la CE por falta de motivación.

Con el Auto que hoy se recurre, se vulnera lo dispuesto en el art. 248.2 de la LOPJ. El referido Auto carece de la más mínima fundamentación como para que el recurrente pueda saber por qué el instructor considera que debe archivarse las diligencias previas. Nótese que el Auto no hace ni la más leve mención a los hechos referidos, por lo que este tribunal no podrá saber de que hechos se tratan, sin acudir a la denuncia que consta en autos.

En el auto de archivo, recurrido en reforma subsidiario de apelación, el juez instructor se limita a decir:

“INCÓENSE DILIGENCIAS PREVIAS. Se decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL Y EL ARCHIVO de estas actuaciones.”

Este Auto, a excepción del nº de diligencias, y quizás la parte de antecedentes, a pesar de sus referencias genéricas, bien podría coincidir literalmente con otros muchos de casos diferentes. Es decir, bien podríamos estar ante un Auto genérico.

Con este único contenido el instructor vulnera lo establecido en la LOPJ y la doctrina del TC, en la medida en que está prescindiendo de la obligación legal de fundamentar los autos, al prescindir de fundamentación alguna, limitándose a resolver a través de un formulario tipo y desde la apreciación subjetiva de considerar ab initio, sin haber determinado las circunstancias de los hechos, que estos no revisten caracteres de criminalidad, cuando minutos antes consideró lo contrario para abrirlas, dicho sea, con los debidos respetos y en términos de estricta defensa jurídica.

Por todo ello considera esta parte que el instructor vulnera el art. 248.2 de la LOPJ y el artículo 24.2 ya que la doctrina del TC, considera la fundamentación un instrumento básico para que el ciudadano pueda defenderse de la posible arbitrariedad de la Administración.

 TERCERO.- Diligencias de investigación que pueden practicarse a los efectos de averiguar el posible autor/es de los hechos.

I.- Por una parte, tal y como ya se ha expuesto en el curso de la instrucción, se han manifestado en la causa la siguiente correlación de amenazas por vía telefónica:

6/5/2009        15:36             al teléfono 938963422       de número oculto

19/5/2009      12:20              al teléfono 647587090       de número oculto

20/5/2009      11:35              al teléfono 938963422       de número 933811388

21/5/2009      13:25              al teléfono 647587090       de número 932788503

19/7/2009      12:50              al teléfono 647587090       de número 933873103

19/7/2009      13:28              al teléfono 647587090       de número 933452508

 Esta parte solicita se oficie a la compañía telefónica para que certifique de quien se recibió llamada en fecha 6/5/2009 a las  15:36 al número de teléfono 938963422.

Esta parte solicita se oficie a la compañía Vodafone para que certifique de quien se recibió llamada en fecha 19/5/2009 a las 12:20 al número de teléfono 647587090.

Se oficie a telefónica de España para que certifique la titularidad de los números de teléfono: 933811388, 932788503, 933873103 y 933452508.

Problema de Ajedrez planteado en La Vanguardia Española i de las JONS, el 9/2/2010,  válido para CONTESTAR a la pregunta CLAVE

¿Cómo pudo convertirse Josu Ternera en el Portavoz de Derechos Humanos del Parlamento Vasco?

es la VERDAD es la MEMORIA  es la DIGNIDAD es la JUSTICIA

es la FARSA es la MALDAD es la AVARICIA es el PODER CORRUPTO

¿Qué movería Vd.? Escribir a info@legitimidad.com

II.- Por otra parte, a tenor de lo manifestado relativo a los ataques sufridos por mi representado en sus dominios de internet: www.EnaitzIriondo.com y www.JesusNeira.com, se oficie al grupo de investigación de delitos informáticos de los cuerpos de policía que fuere competente para que emita informe de entradas no consentidas/ cambios de información que se han practicado en dichas páginas y pueda facilitar las direcciones IP/autores de los mismos.

Ir al Portal de Jesús Neira

III.- Que se cite a declarar como testigo en la presente causa al Sr. Rafael Ribó, Sr. President del Síndic de Greuges de Catalunya para que declare sobre los asuntos que conciernen al Sr. Toribio y sus actividades en Internet, a los efectos de que nos pueda clarificar cuales podrían ser las persona/s interesadas en perjudicar al Sr. Toribio.

Es por todo ello, que esta parte propone diferentes diligencias de investigación, que de practicarse pueden llegar a determinar el autor/es de las amenazas objeto de la denuncia, y por tanto puede existir un autor conocido de las mismas, dando objeto al proceso penal.

Por todo lo expuesto,

SUPLICO AL JUZGADO: Que teniendo por presentado este escrito con las manifestaciones en él contenidas, con su preceptiva copia, se sirva admitirlo, lo una a los autos de su razón, y en sus méritos se tenga por presentado Recurso de Reforma subsidiario de Apelación, contra el Auto de fecha 15 de diciembre de 2009 y previos los trámites legales oportunos, acuerde su tramitación acordando sea declarado nulo el archivo de las diligencias previas abiertas por lo expuesto en el cuerpo del recurso.

Por ser Justicia que solicito en Vilanova i la Geltrú, a 2 de febrero de 2010.

OTRO SÍ DIGO: Que en cumplimiento de lo dispuesto la LECrim, esta parte deja constancia de su voluntad de cumplir con los requisitos exigidos por la citada Ley, por lo que solicita le fuesen puestos de manifiesto los defectos procesales en los que pudiera incurrir este escrito para su subsanación de manera inmediata.

SUPLICO: Se tenga por manifestada la anterior solicitud y por expresada la voluntad

            Reitero justicia en lugar y fecha “ut supra”.

 La burguesía catalana encantada con Franco...

Sant Pere de Ribes, a 10 de Noviembre de 2009

SINDIC
Passeig de Lluís Companys, 7
08003 Barcelona

A la atención del SINDIC, Sr. Rafael Ribó:

Me complace escribirle estas líneas para solicitar su ayuda, como TESTIGO, en el esclarecimiento de unas GRAVES AMENAZAS sufridas por mi familia, en especial mi madre, a consecuencia de una EXTORSIÓN llevada a cabo por 2 matones, que se presentaron en mi casa, de Sant Pere de Ribes, y me notificaron, vía verbal, que RETIRARA INMEDIATAMENTE TODA LA INFORMACIÓN REFERENTE A LOS JUECES, que figuraba en mis Portales de Internet, o que me atuviera a las consecuencias porque sabían donde vivían mis padres.

Y, al cabo de unos días, y viendo que no retiraba la información destinada a los jueces, CUMPLIERON LAS AMENAZAS prometidas. Se plantaron en la casa de mis padres, de Barcelona, y escribieron en su puerta, un 5º piso, apenas a 100 metros del Hipercor de Barcelona, con pintura de color rojo sangrante un mensaje que rezaba: ÚLTIMO AVISO.

Rafael Ribó i Garicano habla sobre Goñi, el Gobernador Civil

Ver video...

Ante tal hecho delictivo, me presenté, ese mismo día, en la comisaría de los mossos e interpuse la correspondiente denuncia por DELITO GRAVE DE AMENAZAS.

Las amenazas de los matones continuaron con llamadas telefónicas, las cuales quedaron registradas, con número y hora de llamada y entregada copia a los mossos, en una segunda denuncia.

Además de amenazar en persona, las pintadas de color rojo sangrante y las llamadas telefónicas amenazantes también sufrí ataques informáticos en casi todos mis Portales de Internet y clientes míos, como www.EnaitzIriondo.com y www.JesusNeira.com también fueron atacados.

La madre de Enaitz Iriondo, Rosa María Trinidad, me llamó asustada y muy preocupada aportándome información sobre los ataques recibidos.

Estos ataques a Portales similares, en los cuales sus familiares han padecido la injusticia de la Justicia, como:

1. La familia de Enaitz Iriondo, que una vez atropellado y muerto su hijo por un automovilista que conducía (probado pericialmente) a 180 kilómetros por hora, solicitar una indemnización, por daños de abolladuras en el coche, tras el brutal atropello y muerte, de 20.000 euros y…. obligar a la familia, a su madre, Rosa María Trinidad, a acudir al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo porque aquí, en España, la razón se la dieron al señor Tomás Delgado Bartolomé, un destacado empresario con negocios nocturnos (y seguro que con gente importante) a determinar.

2. La familia de, y el propio, Jesús Neira humillado por la prensa del Nuevo Movimiento ofreciéndole 70.000 euros a Violeta Santander para que contara un culebrón, que generara una morbosa situación provinciana y que aumentara el índice de audiencia. En contraposición a lo que una prensa decente debiera ofrecer, y, en vez de darle las gracias al Profesor por su ejemplar (aunque, en lógica, debería de ser considerado “normal”) comportamiento de salir en defensa de una mujer agredida por un hombre y con el agravante de “tener el mono” y mostrarse muy agresivo, peligroso y despiadado como muy bien registraron las cámaras del hotel donde quedo registrada la brutal paliza y puede que, en la mente del drogadicto, tuviera muy claro que su comportamiento generaría gran expectación en los videos de youtube y eco en la prensa del corazón, como así se lo hizo llegar en un mensaje, desde la cárcel, a su compinche, Violeta, de que, con esta prensa, muy pronto serían nuevos ricos, casi como Felix Millet.

Ante esta realidad de que son COMPLETAMENTE JUSTIFICABLES estas amenazas ya que todas las resoluciones judiciales anteriores no han sido compartidas y si debatidas y completamente enfrentadas, como así se lo hice saber a Rosa María Trinidad. Adelante, esto no puede quedar así. Cuenta conmigo buscando la dignidad y JUSTICIA sobre la muerte absurda de Enaitz. ¿A Estrasburgo? ¡Pues a Estrasburgo!

Como ciudadano catalán, trabajador sindical y afiliado a Comisiones Obreras (CC.OO) con el número 2948974-04070802-1075 y defensor de los derechos de los trabajadores y en una de mis acciones de ayuda a compañeros de los Sindicatos, como los trabajadores de Valenti, en Vilanova, les comenté mi caso a otros sindicalistas, tanto de UGT como de CC.OO y éstos me dijeron muy convencidos y al unísono: cuéntaselo al camarada SINDIC, que seguro que te ayuda, que tiene “muy buen rollo” y es muy servicial.

Yo no lo vi muy claro pero como soy un hombre que admite los fallos de los demás, porque todos somos humanos, me dije, pues bueno, vamos a darle una segunda oportunidad al SINDIC, como en el programa de televisión “La segunda oportunidad”, de Paco Costas.

Y de nuevo, ilusionado, o por lo menos esperanzado, en poder confiar en las personas que están bien asentadas en el Poder, me dirijo a Vd., Sr. Ribó, para hacerle llegar unas preguntas que me gustaría que me respondiese para hacérselas llegar al Juez Instructor del Juzgado número 4 de Vilanova, para esclarecer este caso de AMENAZAS y EXTORSIÓN que me tiene atenazado tanto a mi como a mi familia y amigos.

Como soy consciente que el Defensor del Pueblo de una determinada Comunidad Autónoma no es un político sino una persona humana, valiente y decidida a exponerse a riesgos por salvar vidas humanas, como es este el caso de la amenaza de tirar a mi madre dentro de un pozo, me dirijo a Vd., es decir, al Defensor de la Comunidad Autónoma de Catalunya, que pertenece a la nación Española, y me dirijo a Vd. en una de las 2 lenguas oficiales, en que puedo hacerlo, el castellano, rogándole me contestase también en castellano para así hacerles llegar sus importantes respuestas, por el puesto que representa, de DEFENSOR de los ciudadanos, al resto de ciudadanos de otras Comunidades Autónomas de España y países de habla castellana y agilicemos el proceso burocrático, aunque de diseño, de traducir la carta al guaraní, al quechua y otras más de mil lenguas existentes en el mundo que se hablan en apenas un centenar de países.

Le recuerdo, Sr. Ribó que soy catalán, porque nací en la clínica del Pilar, de la calle Balmes de Barcelona y siempre he vivido en Catalunya y me siento catalán con mis paisanos, con la gente de la calle, con el Pueblo que paga los impuestos, no con los que se gastan el dinero de los impuestos recibido del Pueblo en fiestas, prebendas y embajadas. Hablo también el francés y el inglés, como otros muchos catalanes, pero no soy ni francés ni inglés ni ganas de serlo, sino soy catalán, de Catalunya, y muy orgulloso de serlo. También conozco amigos argentinos o de Cuba que hablan castellano y no son ni de Castilla la Mancha ni de Castilla León, ni tampoco de Castilla La Vieja ni Castilla la Nueva y mucho menos españoles porque los argentinos conocen muy bien como son las multinacionales españolas y catalanas (aunque ahora ya no lo es, sino francesa), como el Grupo AGBAR de Sudamérica que arrasan y pisotean, sobre todo a los nativos del lugar, allá donde estén.

Sin más prolegómenos que mi interés es esclarecer este caso de EXTORSIÓN y AMENAZAS y sabiendo que sus respuestas se las voy a hacer llegar al Juez Instructor, del Juzgado número 4 de Vilanova, paso a exponerle las siguientes preguntas que, al no ser una persona política, no dudo que responderá a TODAS las preguntas, por su interés en querer resolver los problemas de los ciudadanos catalanes de Catalunya.


PREGUNTAS

Referentes a la petición de ayuda según la referencia de registro 20403360.

  • ¿Leyó Vd. personalmente la queja, sobre IDIADA, con fecha 1 de Septiembre de 2004, que presentó el ciudadano catalán Luis Toribio Troyano?

  • ¿Es consciente de la carta, con fecha 8 de Septiembre, que Vds. certifican la recepción del escrito del demandado de fecha 1/9/2004, con fecha de 3/9/2004 y que queda registrado con el número 20403360 en su registro de quejas?

  • ¿Es consciente de la carta, con fecha 25 de Octubre, que Vds. me envían en la cual me hacen saber que no se consideran competentes para llevar este caso y archivan mi queja?

  • ¿Es consciente de la demanda que emprenden, vía OMPI, con referencia D2005-0497, hacia mi persona en Junio del 2005?

  • ¿Para qué registran unos días antes de presentar la demanda el dominio sindicdegreuges.net?

  • ¿No cree que ya es tarde y tener registrado un dominio un par de días no es suficiente para tener legitimidad en sus dominios hermanos .com y .org?

  • ¿Qué le molestó más del contenido de los Portales de los 2 dominios que me reclamó sindicdegreuges.com y sindicdegreuges.org?
    1 ¿El que figurara en Internet mi solicitud de ayuda hacia su persona en el tema Idiada y cuya respuesta fue que Vd. no se consideraba competente para poderme ayudar?
    2. ¿Mi trabajo de ayuda hacia las familias de las Víctimas del Terrorismo para que consigan la Verdad, Memoria, Dignidad y Justicia que solicitan y se merecen en contraposición a la solicitud de independencia a través de atentados, como el del Hipercor, extorsionando a los políticos, con muertes de ciudadanos inocentes, para conseguir una independencia basada en la muerte?
    3. ¿La crítica sobre el Franquismo que hace mi madre contando la detención por las fuerzas franquistas de mi abuelo, por ser rojo, y su posterior cautiverio en un campo de depuración del antiguo (no del Nuevo) Movimiento?

La Caja de Pandora de Mi Madre

  • ¿Sabía Vd. que el bufete Sugrañés trabajó para Aguas de Barcelona, que es la empresa de la cual se queja el Sr. Toribio en su petición de ayuda en su persona como representante del Defensor del Pueblo de Catalunya, en la recuperación del dominio aguasdebarcelona.biz?

  • ¿Sabía que el Proyecto PISTA fue realizado por 7 estudiantes catalanes de la ETSE (E de enginyer)I B?

  • ¿Sabía Vd. que el Grupo AGBAR, que “compró” el 80% de Idiada a la GENCAT (el otro 20% sigue siendo de la Generalitat de Catalunya) es una empresa multinacional, antes con intereses en sus negocios en Sudamérica y ahora en Francia a través del Grupo Suez?

  • ¿Qué es para Vd. la Catalanofobia? ¿Ha oído hablar de esa palabra? ¿Odio, robar, estafar, mentir, reírse… que es para Vd. la catalanofobia? ¿Existe hoy día la catalanofobia? ¿Quién la practica?

  • ¿Conocía Vd. a Felix Millet? ¿A Garicano Goñi? ¿A Macia Alavedra? ¿A Lluis Prenafeta? ¿Eran amigos suyos, también, como dice Jordi Pujol de Alavedra y Prenafeta?

  • ¿Vd. hubiera tirado de la manta si supiese lo que sabe Jordi Pujol? ¿Por qué piensa Vd. que, al final, Jordi Pujol no ha tirado de la manta?

  • ¿Tiene Vd. la Creu de Sant Jordi (Pujol? ¿Por qué se la dieron (si la tiene)? ¿Por qué no la tiene (si no se la dieron)?

Todo esto se lo digo porque en 1.996 el Sr. Toribio presentó una querella a la Generalitat de Catalunya por derechos de autor por el Proyecto PISTA sobre el Complejo de IDIADA

  • ¿Sabía que, en 1996, el Presidente del Administrador de IDIADA, Miguel Puig Rasposo, también era el Secretario General del Departamento de Industria, Comercio e Industria de la Generalitat de Catalunya y a las órdenes tanto de Macià Alavedra como del 50% de la GENCAT, es decir, de Lluis Prenafeta?

  • ¿Qué le parece ser Juez y parte en un mismo Proceso? ¿Vd. se culparía a si mismo? ¿Qué chollo ser Juez y parte en un Juicio, no le parece?

Constantemente y a lo largo de todo el largo Proceso se solicitó insistentemente el Proyecto que presentó el profesor Grasas, de la Cátedra de Motores, a la Generalitat de Catalunya y que aprobó, con las correcciones que nos narra muy acertadamente el profesor de la Cátedra de Motores, por 13.000 millones de pesetas.

  • ¿Sabe qué fue lo que dictaminó el Juzgado de El Vendrell? Que no había una ABSOLUTA IDENTIDAD entre el Proyecto PISTA y el Complejo automovilístico FINAL de El Vendrell y que, además, el Proyecto PISTA no era MUY ORIGINAL como para poderse registrar. ¿Qué le parece tal decisión?

A continuación, el Sr. Toribio pone, en 1.997 el íter Procesal en Internet en servidores privados.

En enero de 2.001 el Sr. Toribio registra los dominios idiada.net, idiada.org e idiada.info y pone el iter procesal en esos dominios

En el año 2.001 la Caixa de Catalunya demanda al Sr. Toribio y a su madre por un tema de propiedad intelectual

Inmediatamente a la lectura de la demanda lo primero que hace el Sr. Toribio es registrar caixadecatalunya.net y explicar todo el caso a la Justicia y a la Policía para que junte las piezas. Explica que su madre no tiene nada que ver e incluso registra todosobremimadre.com para explicar por qué puso el dominio idiada.net a su nombre.

En todo el Proceso del Juicio de Caixa de Catalunya el bufete de Jimenez de Parga parece obsesionado que el centro de todo es el dominio Idiada.net,

IDIADA no dice ni pío. Parece que no existe…

Desestiman la demanda de Caixa de Catalunya y es entonces, en mayo del 2.003, cuando IDIADA se da cuenta de los GRANDES MALES que está ocasionando la señora Troyano a IDIADA y la demanda de nuevo. Incluso le proporciona a su Perito Judicial que examine el dominio todosobremimadre.com como el dominio que más daño le causa a Idiada.

Durante todo el proceso judicial los abogados de Idiada siguen acusando a mi madre como la gran generadora de daños y así lo hacen hasta el cierre del juicio el 23 de febrero de 2.004

Ante estas actuaciones, mis preguntas son:

  • ¿Le parece lógico después de lo explicado y las fechas en que ocurrieron, que IDIADA no denuncie hasta mayo del 2.003? ¿Qué estaba esperando? ¿No sabía nada hasta entonces?

  • ¿Qué le parece eso de acusar a una persona presentando las pruebas de su inocencia?

  • ¿Qué le parece eso de seguir las acusaciones hasta el final, independientemente de lo evidente?

Por cierto, toda la demanda se basó en la presentación de delitos informáticos del Sr. Toribio.

Ante esta situación de una base de delitos informáticos, la Juez de El Vendrell afirmó que: “De Informática no sé nada y no me pienso ilustrar sobre este Procedimiento”

  • ¿Qué le parece lo de no sé nada?

  • ¿Y lo que no se quiere ilustrar?

  • Sigamos. ¿Sabe lo que es un Perito Judicial?

  • ¿Qué le parece la carrera de Ingeniero en Control Automático? ¿Suena bien?
    ¿Y la carrera de Ingeniero en Sistemas Informáticos que es superior a Ingeniero en Informática? ¿Y la carrera de Ingeniero parecida a la de Ingeniero en Electrónica Industrial, aquí en España?

  • ¿Le parece bien que un abogado mienta en las titulaciones oficiales de su Perito Judicial? ¿Cuál puede ser su objetivo si ya ha sido avisado anteriormente de su mentira?

  • ¿Le parece bien que una persona que dice que tiene una carrera y no la tenga homologada en el país en cuestión donde debe de ser utilizada sirva de algo? ¿Es excusa que sea muy caro homologar una carrera (cuesta 80 euros)? ¿Es excusa de que es muy difícil homologar una carrera? ¿A Vd. “le cuelan” cuentos chinos?

  • ¿Es suficiente estar al corriente del pago de la cuota anual de un Club de amigos para convertirse en Perito Judicial en España? ¿Y en Catalunya?

Y volviendo a la petición de Ayuda del ciudadano catalán al SINDIC:

  • ¿Por qué le mandaron la notificación de la demanda a la calle Ausias Marc, 28, de Barcelona ciudad sabiendo tanto Vd. (por la correspondencia de 2 cartas que recibí de Vdes. correctamente en mi domicilio de Sant Pere de Ribes) como el Bufete Sugrañés que también recibí correctamente en Sant Pere de Ribes en todo el tiempo que duró el proceso judicial por la legitimidad del dominio aguasdebarcelona.biz?

  • ¿Para qué utiliza Vd. el Burofax?

Un año después, vuelve a demandar al Sr. Toribio. Esta vez, con la demanda D2006-0374, por los dominios sindicgreuges.org y sindicdegreuges.info, que por cierto, éste último, ya lo tenía registrado desde el año pasado ¿No se apercibió de ello?

En la contestación del año anterior ya le comenté la “jugada” del Bufete de abogados Sugrañés, de demandarme al OMPI y mandar una notificación a un domicilio fantasma para que sea condenado sin posibilidad de defenderme ni presentar alegación posible.

¿Le gusta esta táctica de emplear el burofax para eso?

Lo digo porque sigue contando con la experiencia y éxito profesional del bufete de abogados de Aguas de Barcelona, Sugrañés para su segunda demanda,.y poder recuperar 2 nombres de dominios que parece que los necesita, urgentemente, para su trabajo.

Desde hace un año, y uno a uno, he ido registrado, de nuevo, los 4 dominios que recuperó gracias al bufete de Aguas de Barcelona.

Por cierto...:

  • ¿Qué le han costado su recuperación? ¿Los 2 primeros? ¿Los 2 siguientes, más o menos que los primeros 2 al convertirse en un reclamador habitual? ¿Cuánto ha pagado al bufete de Aguas de Barcelona? ¿O ha sido gratis?
    ¿Para qué los quería si no los ha renovado? ¿Ya no quiere ser el Sindic de Greuges de Catalunya?

  • ¿Vio mi video, en la plaza de Sant Jaume, delante del Ayuntamiento y de la Generalitat de Catalunya en el cual contaba públicamente mi experiencia con Vd.?

  • ¿Me va a reclamar de nuevo esos 4 dominios?

  • ¿Sabe que ahora he registrado también sindicdegreuges.cat? ¿Me lo reclamará también? ¿Es un dominio .CAT? ¿Le gustan los dominios .CAT si o no? Dígamelo y ya iré preparando la Contestación.

Puede que, para Vd. demandarme se haya convertido en una rutina, pero yo creo que hay mensajes que merecen ser publicados una y otra vez, como aquel que figura en la página 8 de la contestación del año 2.006 y que es:

“Si acaso esos cobardes viajaran, tendrían la posibilidad de ver que existen otras culturas, igual de válidas y respetables. Hay otras formas de vida perfectamente respetables. Viajando quizás, se curarían de ese nacionalismo enfermo. Podrían llegar a comprender lo que significa la palabra LIBERTAD. Podrían quizá conocer la historia, pero la verdadera, sin manipulaciones”

Y que continúa al final de la 9, con:

“Creo que contra las injusticias deberíamos levantarnos todos de forma contundente y tenaz. Es la única forma lícita y humana de luchar contra las injusticias. Denunciándolas. Porque si nos callamos, sólo contribuiremos a que existan más inmoralidades. El silencio lo propician quienes se ven incapaces de pronunciarse en lo que creen por miedo. Por eso hay que actuar. Por ellos.”

SABER QUE SE PUEDE

Y para mi mantener el espíritu de Ermua es ley de vida.

Por cierto, Sr. SINDIC, terminaré haciéndole unas sencillas preguntas que los ciudadanos catalanes queremos saber qué piensa por si nos interesa tenerlo como Defensor y podemos confiar en Vd.

  • ¿Le parece bien que el Presidente de la Generalitat de Catalunya, y el máximo responsable de la Educación en Catalunya, José Montilla, lleve a sus 2 hijas a un colegio privado alemán?

  • ¿Le parece bien que el Presidente del Parlament de Catalunya, Ernest Benach, se gaste 9.276 euros para equipar su coche fantástico con un reposapiés, una mesita plegable y un televisor en color? ¿Conoce los precios de “mercado” de esos productos? ¿Es ése?

  • ¿Le parece bien que Carod-Rovira, vicepresidente de la Generalitat de Catalunya?
    1. Disponga de 29 tarjetas VISA para sus compras
    2. Nombre a su hermano Apeles, sin calificación profesional acreditada, embajador de Catalunya, en Paris.
    3. Se reúna con la banda terrorista etarra y les plantee que no maten más en Catalunya (fuera de Catalunya no dice nada) para facilitar la independencia unilateral de Catalunya.

  • ¿Conoce el motivo del por qué Josu Ternera, el jefe de eta, se convirtió en el Portavoz de Derechos Humanos del Parlamento Vasco? ¿Le gustaría saberlo? ¿Le gustaría investigar sobre el entorno político que permitió tal investidura?

No hay más preguntas, Sr. Defensor del Pueblo de la Comunidad Autónoma de Catalunya.

Estas son mis preguntas que debe Vd. contestar, como TESTIGO, para hacérselas llegar al Juez Instructor y facilitar su investigación para saber quien quiere tirar a mi madre dentro de un pozo, porque estos son los temas que trata el Sr. Toribio y dispone en Internet como información para el ciudadano catalán.

Rogaría una pronta contestación para hacérselo llegar rápidamente al Juez Instructor debido a LA GRAVEDAD DE LOS HECHOS.

Mis datos son:
Luis Toribio i Troyano
c/ Ausias Marc, 28
08810 Sant Pere de Ribes (Catalunya)

El Sindic de Greuges de Catalunya...Ver entrevista al SINDIC

Rafael Ribó: "Algunas administraciones marean a la gente, no informan ni contestan".

En general, parece que la Administración ve al Síndic de Greuges como una intromisión. --Sí, pero cada año se demuestra que el fallo número uno que tenemos está relacionado con el procedimiento administrativo, lo que la gente llama vulgarmente burocracia. Algunas administraciones marean a la gente, no se le da suficiente información, ni se responde a los escritos... Ver más

 

CASO A INVESTIGAR... (interesante)

Declaraciones del Sr. Grasas en El Vendrell, el 17/9/1.996

PREGUNTA CLAVE Y DETERMINANTE QUE DEMUESTRA que el ANTEPROYECTO DE VIABILIDAD que presenta IDIADA a la Generalitat de Catalunya es el Proyecto OPERACIÓN PISTA de los alumnos de Ingeniería.

Preguntado por las diferencias entre la pista construida por IDIADA y la pista objeto de la presente querella...

“Responde que, observada por una persona inexperta podría tener cierta similitud, como todos los complejos podrían tener, pero, a los ojos de un experto no tiene nada que ver. Las diferencias entre ambas son fundamentales:

En el anillo de velocidad, el querellante construyó rectas de 1.200 metros y curvas de 300 metros, en IDIADA las rectas son de 2.000 metros y las curvas de 472 metros..

La recta del Proyecto del querellante no sirve para realizar pruebas de consumo.

La transición de la curva a la recta aporta métodos distintos.

Igual que ocurre con el peralte de la pista del querellante, que tiene 62 grados y no se puede construir en la práctica, teniendo la pista de IDIADA 38 grados y que únicamente se han conseguido construir peraltes con uno o dos grados más en asfalto.

En cuanto a la recta de frenado, en el Proyecto del querellante, se sale del anillo de velocidad y en el del querellado de una carretera general. En cuanto a la pista de frenado, la construida por el querellante es de 300 metros hecha de asfalto y de hormigón, comprobando que estos materiales no son suficientemente bajos para realizar pruebas, mientras que en la pista de IDIADA tiene 250 metros utilizando otros componentes más seguros como el basalto fundido y la cerámica

En cuanto a la pista de círculos concéntricos no existe, hay una plataforma dinámica, que piensa que la pista del querellante es una copia de la de PIRELLI.

En cuanto a la pista de fatiga, en el Proyecto de IDIADA son dos pistas, una copiada y pagada, de NIRA, y otra de NISSAN Japón, y que ya existían cuando se hizo el Proyecto objeto de la querella. En el Proyecto del querellante no hay pista de ruido..

En cuanto a las pendientes, el querellante utiliza 10, 15, 20 y 25 por ciento, y para homologar hacen falta otras medidas, en concreto, en IDIADA se utilizan 8, 12, 18, 24 y 30 por ciento.

En cuanto a la pista de tierra podría parecerse un poco, pero es algo que se realiza sin Proyecto y con una excavadora. También existen diferencias fundamentales en los edificios, en el querellante, son un edificio con una torre de bástago cilíndrico, mientras que en IDIADA son edificios independientes de tres plantas, de oficinas de 1.500 metros con torre de 30 metros y un bástago consistente en dos pantallas de hormigón perpendiculares entre sí.”

ANÁLISIS DE LAS DECLARACIONES del Sr. Carlos Grasas:

En los Antecedentes de todas las Memorias, de todos los Proyectos, de MIRA, IBERING y AUDING referentes al Complejo de Pistas de IDIADA el párrafo 6 dice literalmente:

“Este mismo estudio de viabilidad introdujo variaciones en las especificaciones de las pistas que definen el complejo. Entre las modificaciones introducidas cabe destacar el aumento de la longitud de las rectas y del radio de las curvas de enlace de la pista de alta velocidad, motivado por las exigencias de las pruebas de consumo y por razones constructivas y de mantenimiento. Así mismo se añade una nueva pista para cubrir las necesidades de determinadas pruebas.”

LA VANGUARDIA ESPAÑOLA i de las JONS en gencat2064.htm

La Vanguardia Española i de las JONS

GARICANO GOÑI agradecía el estado de excepción que le permitía recluir a los presos políticos tanto tiempo como necesitase para que hablaran

Durante años, los cónsules de EE. UU. en Barcelona recibieron buena información acerca de la represión en Catalunya. Sus fuentes, casi siempre de primer nivel, les explicaban los pasos que daba el régimen y lo que pensaban de los opositores democráticos. Un buen ejemplo de esta relación se produjo el 4 de febrero de 1969, cuando el gobernador civil, Tomás Garicano Goñi, reveló lo contento que estaba con el Estado de Excepción que le permitía mantener encerrados a los detenidos políticos hasta que hablasen. Garicano negó brutalidad policial pero el cónsul informó a Washington de que el gobernador no decía la verdad, ya que sí que la había.

Los archivos norteamericanos contienen gran cantidad de documentos confidenciales o secretos que suelen llevar por referencia el epígrafe Actividades políticas en Cataluña. Pero muchos de esos papeles tratan en realidad de las informaciones que responsables policiales españoles daban a los cónsules americanos en la capital catalana. Hoy, la información guardada por Washington ofrece la versión de hechos represivos relatada por españoles a los americanos.

La burguesía catalana encantada con Franco...

Cuando el 5 de febrero de 1969 el cónsul americano en Barcelona James M. Cortada informó al Departamento de Estado de que había hablado con el gobernador civil de la provincia, Tomás Garicano Goñi, especificó que su identidad no podía revelarse. "Proteger fuente", escribió el diplomático junto al nombre del general jurídico, responsable de la persecución policial a la oposición democrática clandestina en Catalunya. Un personaje que hacía su trabajo con tal excelencia que acabó siendo nombrado ministro de la Gobernación, puesto desde el que cesó a su rival político de sus tiempos de gobernador, el alcalde José María Porcioles.

El norteamericano encontró a Tomás Garicano "muy relajado" pese a que el año había comenzado con movilizaciones obreras y estudiantiles en Barcelona y Madrid y a la declaración del Estado de Excepción en el territorio español; una decisión que prácticamente había suprimido los mínimos derechos cívicos de la ciudadanía. Aquel enero se había caracterizado por la referidas manifestaciones y el asalto al rectorado de la Universidad de Barcelona, tras la muerte del joven Enrique Ruano, defenestrado desde una dependencia policial madrileña. En su incruento ataque al rectorado barcelonés, los universitarios habían tenido la osadía de tirar al suelo un busto de Franco y hasta de pintar en las paredes frases alusivas a la libertad y a la democracia. Por todo ello, el régimen se sentía ultrajado y respondía suprimiendo libertades.

Sobre el célebre asalto al rectorado, Garicano le dijo al cónsul que "no habían identificado a la persona que había arrojado el busto del Caudillo por la ventana, ni quién habido enarbolado la bandera comunista" en la escalera de la oficina del rector. "A pesar de la operación policial que hemos montado, todavía no conocemos el principal motivo ideológico de los problemas estudiantiles de Barcelona", manifestó aquel gobernador. Para situar la entrevista con el gobernador en su contexto, el cónsul explicó a Washington que se acababan de producir en Barcelona "unos 58 arrestos, de los que 30 eran estudiantes que habían participado en la reunión en el auditorio de la Universidad de Barcelona la mañana del asalto al rectorado. A15 de ellos - escribió un tanto crípticamente- se les encontró que poseían material ultramoderno de distinto extremismo que era difícil de describir en los términos políticos habituales. Los otros 15 también eran extremistas, aunque no de una línea tan dura como el otro grupo". En "la mente de Garicano", informó el diplomático, "no había la más mínima duda de que el grupo de 15 más duro recibiría una importante pena de cárcel. Lo que pasaría con el otro grupo dependería de las investigaciones actuales".

Garicano precisó que siete de los detenidos pertenecían a "Unión Democrática de Cataluña (UDC) y comentó que ´si bien la UDC no tenía apenas influencia en Cataluña y muy pocos seguidores, en cualquier caso se había convertido en un partido político, desafiando las leyes españolas, que prohiben grupos políticos organizados´".

El gobernador admitió ante el cónsul, que así lo recogió en el informe de EE. UU., "que las autoridades encontraron que los miembros de UDC no estaban involucrados en ninguna otra actividad y declararon su ofensa como liviana y que Don Tomás" le había anunciado que "les dejaría en prisión durante algún tiempo para darles un buen susto".

El gobernador Garicano Goñi, que se preciaba de estar muy bien informado de lo que se cocía en Madrid, explicó su versión sobre los auténticos motivos que habían provocado la declaración de Estado de Excepción. Según el jurídico militar, la medida se había decretado "por el nerviosismo existente en los círculos superiores del gobierno en Madrid y por el miedo a que se estuviera preparando un Mes de mayo español. El gobierno - afirmó- está decidido a evitar la experiencia francesa de la última primavera", es decir, el celebérrimo mayo del 68.

Garicano Goñi negó explícitamente cualquier brutalidad policial pero, sin embargo, en una extraña pirueta mental, se mostró encantado con los resultados de las medidas de excepción. El cónsul describió así este pasaje de la conversación: "El gobernador indicó que agradecía el estado de excepción porque le permitiría mantener a los sospechosos bajo arresto más allá de las 72 horas en las que un caso normal debe entregarse a un detenido al juzgado para que resuelva. Dijo que los sospechosos suelen resistirse a hablar durante tres días pero que, pasado ese periodo, y sin perspectivas de liberación, suelen abrirse y revelar la extensión de sus actividades".

Pero el diplomático no quiso dejarse engañar y pese a que, con seguridad, recogió las palabras de Garicano con precisión profesional, escribió sus propias conclusiones : "A pesar de la afirmación del gobernador de que no había habido abuso por parte de los oficiales de policía, no hay duda de que el democristiano Ferrán Camps se ha llevado una buena. Hemos hablado con las personas que le vieron después de que se le trajera a Barcelona y todavía seguía en estado de shock. Por la historia reciente, sabemos que la policía de Barcelona puede llegar a ser bastante despótica, y que no duda en utilizar la fuerza para obtener información de los prisioneros políticos. También creemos que el gobernador sabe muy bien que la policía a su cargo no son angelitos".

Investigación: Eduardo Martín de Pozuelo Edición: Iñaki Ellakuría Documentación: C. Salmurri, F. Martínez Mañana: "Un extraño plan para invadir Guinea"/ 27

¿7?... 9 ALMAS

  1. Enaitz Iriondo en www.EnaitzIriondo.com

  2. Francisca Troyano en www.TodosobremiMadre.com

  3. Irene Villa en www.Hipercor.net

  4. Jesús Neira en www.JesusNeira.com

  5. El Juez Decano www.JoseManuelRegadera.com

  6. El Juez Garzón de www.UnMundoSinMiedo.com

  7. Juan Vargas en www.JuanVargas.org

  8. Miguel Angel Blanco en www.Terrorismo.biz

  9. Rafael del Barco en lagrancorrupcion.blogspot.com

OBJETIVO del Proyecto LEGITIMIDAD: Contestar a la pregunta ¿Cómo pudo convertirse Josu Ternera en el Portavoz de Derechos Humanos del Parlamento Vasco? Ver atentado del www.Hipercor.org de Barcelona